Guía práctica para renovar el permiso de armas de caza
Sin licencia de armas no puede practicarse legalmente la caza en España. Los cazadores que ya disponen de licencia deben asegurarse de renovar su permiso de armas en tiempo y forma, obligación que hoy puede satisfacerse por vía telemática, además de físicamente.
En concreto, los cazadores disponen de dos licencias de armas dependiendo de su categoría, a saber:
▪ la licencia D, obligatoria para rifles o «armas largas rayadas para caza mayor» de la categoría 2ª, citando la descripción del portal de la Guardia Civil;
▪ la licencia E, para «armas de tiro deportivo y escopetas de caza» de la categoría 3ª y 7ª.
Por su parte, los aficionados a la caza con arco no precisan licencia de armas, aunque sí una tarjeta que justifique su uso cinegético en el momento de la compra del producto —lo anterior es válido para arcos y flechas, no para ballestas, por pertenecer esta arma a la categoría 7ª.
La vigencia del permiso de armas de caza es de 5 años, pues tal como recoge el Decreto 506/1971, de 25 de marzo, «el plazo de validez de cualquier tipo de licencia de caza se fija en un año, contado a partir de la fecha de su expedición […]. No obstante, con el fin de dar facilidades a los cazadores que lo soliciten, se podrán expedir licencias hasta para cinco años, en cartulinas independientes para cada año».
Pero la edad avanzada supone una excepción a la regla. Los mayores de 60 años deben renovar su licencia de armas cada dos años, y la vigencia de este documento para los mayores de 70 años se reduce a un año.
En cualquier caso, la licencia de armas tipo E y D es personal y no admite su transferencia a terceros. Su tenencia es un requisito obligado para el desarrollo de la actividad cinegética en cualquier CC.AA.
Cómo tramitar la renovación del permiso de armas de caza
Los titulares de licencias de armas tipo D y E pueden renovarse periódicamente, a diferencias de las tipo B en las que se necesita obtener un nuevo permiso, asumiendo trámites y tiempos de espera más gravosos.
Antes del vencimiento de la licencia, el cazador solicitará una concesión ante la Guardia Civil, bien por vía telemática, bien apersonándose en el cuarto más próximo. El proceso de renovación de permiso de armas lleva aparejado, en la fecha actual, el pago de una tasa de 11,68 euros para ambos permisos.
Aunque el interesado desee renovar estas licencias a un mismo tiempo, no existe trámite que permite hacerlo conjuntamente; en otras palabras, deberá cursar la renovación de las licencias E y D de manera separada e independiente.
Para la renovación en línea, el titular accederá a la sede electrónica de la Guardia Civil con su certificado electrónico o su DNIe, clicando después en el apartado correspondiente a la categoría de su arma, D o E. Internet ha agilizado enormemente este trámite, que ahorra a los interesados la molestia de desplazarse y de esperar su turno.
Respecto a la documentación para renovar el permiso de armas de caza, será preciso aportar una fotocopia del DNI en vigor, un Certificado de Antecedentes Penales que acredite la carencia de los mismos, un Certificado de Capacidad Física y Aptitud Psicofísica y el abono de la tasa correspondiente.
En caso de no renovar permiso de armas de caza en el plazo correspondiente, se deberá cursar la solicitud de una nueva licencia tipo E o D. Como se ha mencionado, este proceso obliga a realizar mayores trámites, y el tiempo de espera para recibir el documento varía de diez a cuarenta días.
Como dato curioso de interés en determinadas situaciones, una persona residente en España puede ceder sus armas de categorías D y E a un cazador, para uso y disfrute de este en la actividad cinegética, de acuerdo con el artículo 91 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero. El requisito esencial es que el destinatario de la cesión disponga de licencia de caza y permiso de armas en regla.
Los cazadores que prefieran dejar en manos expertas la tramitación de licencias, está de enhorabuena, pues Pro Hunting Spain dispone de esta opción en su listado de servicios para cazadores.